APRENDAMOS SOBRE
LEGISLACIÓN EDUCATORIANA EN SEGURIDAD
Revisemos la
HISTORIA: Él 11 de Sept de 1916, el presidente Alfredo Baquerizo Moreno emite
la 1era ley obrera que dice: “Todo trabajador, sea de la naturaleza que fuera,
no será obligado a trabajar más de ocho horas diaria y seis días a la semana y
queda exento de trabajar los domingos y feriados legales”;
La 2da ley obrera
fue dictada por el presidente Gonzalo Tamayo el 22 de Sept de 1921, que
contiene normas sobre “Indemnizaciones pecuniarias al obrero por accidente de
trabajo”.
El Dr. Isidro Ayora expide una serie de decretos y leyes que se
conoce con el nombre de Legislación Social Juliana y son: Decreto #24, Jul
13/1926: Se refiere a la inspección general del trabajo. Decreto #25, Jul
15/1926: Busca soluciones tendientes al mejoramiento de las clases proletarias.
Decreto #31, Jul 29/1926: Contiene el reglamento sobre la inspección del
trabajo.
La ley de Prevención de Accidentes del Trabajo Mar 4/ 1927: Se
establecen obligaciones a todos los empresarios de “asegurar a sus subalternos
condiciones de trabajo que no presenten peligro alguno para su salud o vida”.
La Ley por Responsabilidad por Accidentes de Trabajo oct/ 6/1927: Según esta
ley, el patrono es responsable por los accidentes ocurridos en el trabajo o por
razón de este. Decreto #2393 Nov/1986: Se refiere al Reglamento de Seguridad y
Salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo, se
trata de un manual de normas e instrucciones básicas de seguridad. ¡Aprendamos
Seguridad!
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