viernes, agosto 13, 2021

 




La Gestión de Seguridad y salud Laboral

 Ing. Iván Orozco Paredes

Asesor en Seguridad y salud Ocupacional

Ivan31oct@gmail.com

Acuerdo Ministerial No. 214 de 9 de julio de 2021

 

El Ministerio del Trabajo expidió las directrices para el retorno progresivo y seguro a las actividades laborales presenciales en el sector privado. 



En lo principal, el acuerdo establece: Protocolos y lineamientos: Los empleadores y trabajadores deben cumplir con los lineamientos establecidos en la “Guía y plan general para el retorno progresivo y seguro a las actividades laborales presenciales”.

 Los empleadores realizarán los protocolos de seguridad y salud frente al COVID-19 y las capacitaciones necesarias que permitan conocerlos y aplicarlos. La “Guía fue aprobada por el COE Nacional el 29 de junio de 2021, en lo principal establece: 


Se considera condición agravante a aquella condición fisiológica en una persona no vacunada que pueda verse agravada por el COVID-19:Personas mayores de 65 años; Personas con enfermedades crónicas no transmisibles; Con enfermedades cardiovasculares; Con enfermedades cerebrovasculares; Discapacidad del 50% o más; Mujeres en estado de gestación y en periodo de lactancia; Todo tipo de malformaciones congénitas del corazón; Pacientes oncológicos; Tumor cerebral ,Cirrosis; Personas que padezcan de VIH; Le corresponde al COE Nacional definir las restricciones en cuanto a aforos. 

Tomado del Acuerdo Ministerial No. 214 de 9 de julio de 2021. Disponible en la página web del Ministerio del trabajo: https://www.trabajo.gob.ec/acuerdos-ministeriales/. 


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